¿Puede una empresa trasladar a un trabajador con reducción de jornada por guarda legal?

¿Puede una empresa trasladar a un trabajador con reducción de jornada por guarda legal?

Ante la situación de un traslado de un trabajador de centro de trabajo, hay que estudiar la situación de cada empleado trasladado, en particular. Si un trabajador tiene una reducción de jornada por guarda legal, ¿puede una empresa trasladar a un trabajador con guarda legal?

Desde el despacho de abogados Lexlaborum Abogados, como expertos en materia laboral, te contamos si una empresa puede trasladar a un trabajador con reducción de jornada por guarda legal.

¿Es posible desplazar de centro de trabajo a un trabajador con jornada reducida por guarda legal?

Los empleados que tienen una reducción de jornada por guarda legal están más protegidos. Por lo que si se produce un traslado del trabajador que se encuentra en esta situación y el tiempo de desplazamiento a su nuevo puesto de trabajo es superior al que tardaba en el anterior centro de trabajo, la empresa puede que se vea en la obligación de tener que indemnizar al trabajador en situación de reducción de jornada laboral por guarda legal, por daño moral.

Un cambio de la ubicación del centro de trabajo, que no tenga como consecuencia el cambio de domicilio de residencia del trabajador, no tiene que valerse de causas organizativas, económicas, productivas o técnicas. Pero, como se citaba anteriormente, los traslados de empleados hay que estudiarlos en particular. Ya que, un trabajador que se encuentre en una situación de reducción de jornada por guarda legal, el cambio de centro de trabajo no le tiene que provocar un inconveniente personal o familiar.

¿Qué hacer si el traslado de un trabajador con jornada reducida por guarda legal provoca un aumento de su tiempo de desplazamiento?

Si el empleado se ve perjudicado por el incremento del tiempo de desplazamiento, al nuevo puesto de trabajo, es aconsejable algún tipo de acuerdo con el trabajador para que el cálculo total del tiempo de trabajo, más el tiempo de desplazamiento, sea igual. Si se realiza este acuerdo, la empresa no se verá obligada a indemnizar al trabajador al estar compensando de esta forma al empleado.

Si no se compensa al trabajador, la empresa puede verse condenada al pago de una indemnización por daño moral. Esta indemnización ha sido fijada por algunos tribunales en 1.000 euros.

En conclusión, cuando una empresa quiera trasladar a un empleado a otro centro de trabajo, este traslado debe estudiarse en particular. Los trabajadores en situación de reducción de jornada, si son desplazados de centro, aunque el trabajador no se traslade de domicilio, pueden ver afectada negativamente la conciliación de su vida familiar y laboral y el impacto puede ser mayor para ellos.

 

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