Si su empresa tiene menos de 50 trabajadores, puede acumular el crédito para formación al de los dos años siguientes

Si su empresa tiene menos de 50 trabajadores, puede acumular el crédito para formación al de los dos años siguientes

Las empresas disponen de un crédito para formación que le permite ofrecer a su plantilla acciones formativas sin apenas coste. Dicho crédito se calcula aplicando un porcentaje sobre las cotizaciones por formación profesional efectuadas en el año anterior, porcentaje que varía en función del número de empleados de la empresa. Por ejemplo, si su empresa tiene entre 10 y 49 empleados, el crédito es del 75% de dichas cotizaciones.

En general, dicho crédito debe consumirse dentro del año natural. No obstante, las empresas que tienen menos de 50 trabajadores pueden reservar el crédito de formación no dispuesto en un ejercicio y acumularlo en los dos ejercicios siguientes.

Si se encuentra en este caso y quiere ejercitar esta opción, debe efectuar una comunicación a la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE). En concreto, en la aplicación de la página web que sirve para notificar la formación bonificada, acuda a la pestaña “Características” y marque la casilla creada a estos efectos.

Eso sí, no se demore. La comunicación indicada se debe realizar hasta como máximo el 30 de junio. Si se le pasa este plazo, no podrá acumular el crédito del año en curso, y si no lo consume dentro del año 2019, lo perderá.

Le asesoraremos sobre cómo sacar el máximo partido al crédito para la formación. Ello le permitirá ofrecer a sus empleados acciones formativas sin apenas coste.

 

servicios jurídicos Valladolid Lexlaborum

Entradas recientes

Comentarios recientes